La Constitución Nacional de 1992 se constituye en un hito importante en lo que a derecho ambiental se refiere, pues es la primera de las varias cartas magnas promulgadas a los largo de la vida independiente del Paraguay, que introduce un capítulo específico para la Protección del Ambiente, colocándolo en igual rango de importancia que al derecho a la Vida; por sobre la protección de los demás bienes jurídicos protegidos en la propia Constitución Nacional.
A partir de ella, el derecho positivo paraguayo engrosó su legislación ambiental con la promulgación de normativas que legislan diferentes aspectos relacionados a la preservación, conservación, recomposición y mejoramiento del ambiente.
Está página pone a disposición un resumen de las principales normativas ambientales, dando la posibilidad de entablar enlaces con otros sitios Web para que el usuario pueda tener acceso al cuerpo completo de las mismas.
- Constitución Nacional:
De la misma se desprenden una serie de normativas y leyes en materia de protección ambiental, como:
Artículo 6: La calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza y los impedimentos de la discapacidad o de la edad.
El Estado también fomentará la investigación de los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico-social, con la preservación del medio ambiente y con la calidad de vida de los habitantes.
Artículo 7: Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado.
Constituyen objetivos prioritarios de interés social la preservación, la conservación, la recomposición y el mejoramiento del ambiente, así como su conciliación con el desarrollo humano integral. Estos propósitos orientarán la legislación y la política gubernamental.
Artículo 8: Las actividades susceptibles de producir alteración ambiental serán reguladas por ley, así mismo ésta podrá regir o prohibir aquellas que califique peligrosas.
Se prohíbe la fabricación, el montaje, la importación, la comercialización, la posesión o el uso de armas nucleares, químicas y biológicas, así como la introducción al país de residuos tóxicos. La ley podrá extender esta prohibición a otros elementos peligrosos; asimismo regulará el tráfico de recursos genéticos y de su tecnología, precautelando los intereses nacionales.
El delito ecológico será definido y sancionado por la Ley. Todo daño al ambiente importará la obligación de recomponer e indemnizar.
Artículo 38: Toda persona tiene derecho individual o colectivamente a reclamar a las autoridades públicas medidas para la defensa del ambiente, de la integridad del hábitat, de la salubridad pública, del acervo cultural nacional, de los intereses del consumidor, y de otros que por su naturaleza jurídica pertenezcan a la comunidad y hagan relación con la calidad de vida y el patrimonio colectivo.
Artículo 72: El estado velará por el control de la calidad de productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, en las etapas de producción, importación y comercialización. Asimismo facilitará el acceso de sectores de escasos recursos a medicamentos considerados esenciales.
Artículo 109: Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y límites serán establecidos por la Ley, atendiendo a su función económica y social a fin de hacerla accesible para todos.
Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por ley.
Esta garantizará el previo pago de una justa indemnización, establecida convencionalmente o por sentencia judicial, salvo los latifundios improductivos destinados a la reforma agraria, conforme con el procedimiento para las exportaciones a establecerse por ley.
- Convenios Internacionales
Ley 597/95 – enlace con www.seam.gov.py
Que aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Cuyo objetivo general es reducir el volumen de los intercambios de residuos con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente estableciendo un sistema de control de las exportaciones e importaciones de residuos peligrosos así como su eliminación.
Convenio de Rotterdam – Ley Nº 2135/03 – enlace con www.seam.gov.py
Que aprueba el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de Comercio Internacional. Cuyo objetivo general es promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños.
Convenio de Estocolmo – Ley Nº 2333/03 – enlace con www.seam.gov.py
Que aprueba el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Cuyo objetivo general es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los Contaminantes Orgánicos Persistentes.
Convenio de Viena – Protocolo de Montreal – Ley Nº 61/92 – enlace con www.seam.gov.py
Que aprueba y ratifica el Convenio de Viena para la protección de la capa de Ozono, adoptado en Viena el 22 de marzo de 1985; y la “Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono”. Cuyos objetivos son proteger la salud humana y al medio ambiente de los efectos negativos producidos por las modificaciones en la capa de Ozono y proteger la capa de Ozono tomando medidas precautorias para controlar las emisiones globales de las sustancias que provocan su disminución.
Protocolo de Kioto – Ley Nº 251/93 - enlace con www.idea.org.py
Que aprueba el convenio sobre el Cambio Climático adoptado durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo – La cumbre para la Tierra. El 9 de octubre de 2001 se crea el Programa Nacional de Cambio Climático dependiente de la Secretaría del Ambiente por Decreto Nº 14.943, esta estructura organizativa tiene como objetivo avaluar e implementar las acciones vinculadas asumidas por el gobierno nacional dentro del Convenio sobre Cambio Climático, y a la vez que sirva de enlace a la Secretaría del Ambiente y a las autoridades nacionales en el ámbito.
Protocolo de Cartagena – Ley Nº 253/93 – enlace con www.seam.gov.py
Que aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica. Cuyo objetivo es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transparencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.
- Leyes Nacionales:
Ley 422/73 Forestal - enlace con www.idea.org.py
Crea la autoridad en materia de administración de los recursos forestales y las normas de aprovechamiento y conservación de los recursos forestales del país.
Ley Nº 2459/04 Que crea el SENAVE - Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas. – enlace con www.senave.gov.py
Creación del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), órgano de aplicación de los convenios y acuerdos internacionales relacionados a la calidad y sanidad vegetal, a las semillas y a la protección de las obtenciones vegetales y a las especies provenientes de la biotecnología, de los que Paraguay sea miembro o estado parte.
Ley Nº 1561/00 Que crea el SISNAM, EL CONAM y la SEAM – enlace con www.seam.gov.py
Tiene por objeto crear, regular el funcionamiento de los organismos responsables de la elaboración, normalización, coordinación, ejecución y fiscalización de la política y gestión ambiental nacional. La creación de la Secretaría del Ambiente (SEAM) se establece e el Artículo 7. “Como institución autónoma, autocrática, con persona jurídica de derecho público, patrimonio propio y duración indefinida”.
Ley Nº 352/94 de Áreas Silvestres protegidas – enlace con www.seam.gov.py
Establece el marco regulatorio general para las áreas ha ser destinadas a conservación
Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental – enlace con www.seam.gov.py
Declara obligatoria la Evaluación de Impacto Ambiental. Se entenderá por Impacto Ambiental a los efectos legales, toda modificación del medio ambiente provocada por obras o actividades humanas que tengan, como consecuencia positiva o negativa, directa o indirecta, afectar la vida general, la biodiversidad, la calidad o una cantidad significativa de los recursos naturales o ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad personal, los hábitos y costumbres, el patrimonio cultural o los medios de vida legítimos.
Ley Nº 716/96 que sanciona Los Delitos Contra el Medio Ambiente - enlace con www.idea.org.py
Esta ley protege el medio ambiente y la calidad de vida humana contra quienes ordenen, ejecuten, en rezón a sus atribuciones, permiten o autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del ecosistema, la sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida humana.
Ley Nº 42/90 Prohíbe la importación y utilización de residuos peligrosos o basuras tóxicas - enlace con www.seam.gov.py
En donde se prohíbe a toda persona física o jurídica importar productos calificados como residuos o desechos industriales peligrosos o basuras tóxicas; o facilitar por cualquier medio ingreso, recepción, depósito, utilización o distribución de cualquier lugar del territorio nacional.
Ley 123/91 “Por lo que se adoptan nuevas normas de protección fitosanitarias” - enlace con www.senave.gov.py
Establece que los que se dediquen a la síntesis, formulación, importancia, exportación, fraccionamiento, comercialización y aplicación comercial de los plaguicidas, fertilizantes y sustancias afines, están obligadas a inscribirse a fin de obtener la autorización se su funcionamiento, registrarán sus marcas comerciales y declararán el origen y formulación de los componentes. Regula también la utilización, importación y exportación de plaguicidas agrícolas, fertilizantes y sustancias afines.
Prohíbe la importación, utilización y/o venta de productos vegetales que estuvieren contaminados con residuos de plaguicidas en niveles de tolerancia superiores a lo establecido por Codex Alimentarius (FAO – OMS), y se dispondrá su destrucción o decomiso.
Ley Nº 1.183/85, “Código Civil” - enlace con www.idea.org.py
Contiene diversos artículos que hacen referencia a la relación del individuo con aspectos ambientales, particularmente en lo que hace relación con los derechos individuales y colectivos, la propiedad, etc.
Ley Nº 1.160/97, “Código Penal” - enlace con www.idea.org.py
Contempla en el Capítulo “Hechos punibles contra las bases naturales de la vida humana”, diferentes actividades susceptibles de sanciones de pena privada de libertas o multa.
Ley Orgánica Municipal Nº 1.294/87
Las municipalidades legislan el saneamiento y protección del medio ambiente, emiten todas las disposiciones relativas a los componentes naturales del medio ambiente, a la ordenación espacial, a las alteraciones, desequilibrios e impactos ambientales
Ley Nº 836/80, “Código Sanitario” - enlace con www.idea.org.py
Este código regula las funciones del Estado en lo relativo al cuidado integral de la salud del pueblo y lo derechos y obligaciones de las personas en las metería. Establece las normas a que deben ajustarse las actividades laborales, industriales, comerciales y de trasporte, para promover programas encaminados a la prevención y control de la contaminación y polución ambiental, para disponer medidas para su preservación y para realizar controles periódicos del medio a fin de detectar el eventual deterioro de las atmósfera, el suelo, las aguas y los alimentos.
Ley Nº 1.095/88 Que establece el arancel de Aduanas - enlace con www.idea.org.py
Prohíbe la importación de artículos que puedan afectar la seguridad nacional, la salud pública y la sanidad animal y vegetal.
Ley Nº 1.340 Que modifica y actualiza la Ley 357/72 “que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines”
Cubre las actividades relacionadas con aquellas sustancias químicas empleadas en la elaboración, transformación o industrialización de estupefacientes y drogas peligrosas.
Ley Nº 1.173/85 Código Aduanero - enlace con www.idea.org.py
De tratamiento a las mercancías de tráfico prohibido sin especificaciones, al almacenamiento vencido a los productores alterados o nocivos a la salud y a las características y movilización de Contenedores.
Ley Nº 1.119/97 Que aprueba todo lo relativo a Productos para la Salud y otros
La presente Ley y sus correspondientes reglamentos regulan la fabricación, elaboración, fraccionamiento, control de calidad, distribución, prescripción, dispensación, comercialización, información, publicidad y evaluación, autorización y registro de los medicamentos de uso humano, drogas, productos químicos, reactivos y todo otro producto de uso y aplicación en medicina humana y los productos considerados como cosméticos y domisanitarios.
Ley Nº 2559/05
Modifica el artículo 1898 inciso b del Código Civil agregando las aguas subterráneas como bienes del dominio público del Estado.
Ley 3001/06 De Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales - enlace con www.idea.org.py
Propicia la conservación, la protección, la recuperación y el desarrollo sustentable de la diversidad biológica y de los recursos naturales del país. Define y crea el marco regulatorio para la compensación por conservación de servicios ambientales. Asimismo se orienta al cumplimiento de las siguientes obligaciones internacionales asumidas por Paraguay: CONVENIO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO; CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA; PROTOCOLO DE KYOTO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO.
Ley 3239/07 De Los Recursos Hídricos del Paraguay - enlace con www.seam.gov.py
Su objetivo es regular la gestión sustentable e integral de todas las aguas y los territorios que la producen, cualquiera sea su ubicación, estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo, con el fin de hacerla social, económica y ambientalmente sustentable para las personas que habitan en el territorio de la República del Paraguay.
- Decretos:
Decreto Nº 14.281/96 Que reglamenta la Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental. - enlace con www.seam.gov.py
Decreto Nº 18.831/86 Que establece Normas de Protección del Medio Ambiente. - enlace con www.idea.org.py
Decreto Nº 18.969/97 Por el cual se reglamenta la Ley Nº 42/90. - enlace con www.idea.org.py
Decreto Nº 2.048/04 Reglamenta Manejo de Plaguicidas establecidos en la Ley Nº 123/91. - enlace con www.senave.gov.py
Decreto Nº 17.723/97 Acuerdo para facilitar Transporte de Mercaderías Peligrosas de MERCOSUR. - enlace con www.idea.org.py
Decreto Nº 3.980/99 Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras del Ozono y el Uso de Tecnologías Alterativas. - enlace con www.idea.org.py
Decreto Nº 22.024/47 Por el cual se establece el reglamento General de Tránsito Caminero, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Decreto Nº 15.831/86 Por el cual se dictan normas reglamentos para la aplicación de la Ley 1.173 que establece el Código Aduanero. - enlace con www.idea.org.py
Decreto Nº 11.502/91 Por el cual se adoptan requisitos concernientes a los plaguicidas destinados al tratamiento de semillas de algodón. - enlace con www.senave.gov.py
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- Resoluciones:
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Resolución SENAVE Nº 069/06 - enlace con www.senave.gov.py
Por el cual se prohíbe el registro, la importación, comercialización y uso en el país, de los productos formulados a base de Monocrotofos y Fosfamidon en todas sus concentraciones.
Resolución MAG Nº 068/06 - enlace con www.senave.gov.py
Por la cual se suspende temporalmente el registro y la importación al país de productos formulados a base de Metamidofos en todas sus concentraciones.
Resolución Nº 255/06 de la SEAM - enlace con www.seam.gov.py
Por la cual se establece la clasificación de las aguas superficiales de la República del Paraguay.
Resolución Nº 750/02 del MSP y BS
Reglamenta el manejo de los residuos sólidos peligrosos
Artículo 11.-Prohíbe la disposición, abandono o quema de desechos sólidos, cualquiera sea su procedencia a cielo abierto, en vías o áreas públicas, en lotes de terrenos públicos o privados, en cuerpos de aguas superficiales o en forma que afecte las aguas subterráneas.
Artículo 38.- El manejo de basuras en lugares donde no exista servicio de aseo, estará a cargo de sus generadores, quienes deberán cumplir las disposiciones relacionadas con la protección de la salud ambiental y del medio ambiente.
Resolución MAG Nº 447 de fecha 24 de mayo de 1993 - enlace con www.senave.gov.py
Prohíbe la importación, formulación, distribución venta y uso de insecticidas a base de órganoclorados:
Artículo 2.- Prohíbase la comercialización y uso de los insecticidas formulados con Aldrin, Dieldrin, Endrín, Heptacloro, Clordano, Metaxicloro, Canfecloro (Tozafeno), DDT, HCH (GAMEZANE), Lindano y Pentaclorofenol, sólo o en mezcla con otros plaguicidas.
Resolución MAG Nº 448/93 - enlace con www.idea.org.py
Prohíbe el uso de pentaclorofenatos para el tratamiento de maderas.
Resolución MAG Nº 1.000 de fecha 19 de octubre de 1994 - enlace con www.senave.gov.py
Reglamenta el registro de los Productos Fitosanitarios y Plaguicidas de uso agrícola. Fue mejorada y actualizada por la Nº 400 de 14/11/2003.
Resolución MAG Nº 441 de fecha 26 de diciembre de 1994 - enlace con www.senave.gov.py
Establece los requisitos para la habilitación de plantas fraccionadoras de productos fitosanitarios.
Resolución MAG Nº 443 de fecha 26 de diciembre de 1994 - enlace con www.senave.gov.py
Por la cual se aprueba las normas para la inscripción de las etiquetas de los plaguicidas de uso agrícola.
Resolución MAG Nº 878 de fecha 9 de septiembre de 1996 - enlace con www.senave.gov.py
Reglamenta la vigencia o retiro del mercado de productos fitosanitarios con fecha de vencidas.
Resolución MAG Nº 49 de fecha 4 de abril de 2001 - enlace con www.senave.gov.py
Implementa un sistema de Autorización Previa de Importación para agroquímicos (APIM).
Resolución MAG Nº 231 de fecha 10 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Establece el análisis de control de calidad de todos los plaguicidas importados, y de aquellos formulados en el Paraguay, antes de su comercialización.
Resolución MAG Nº 277 de fecha 21 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Establece el protocolo patrón para ensayos de Eficacia Agronómica de Fertilizantes Agrícolas.
Resolución MAG Nº 280 de fecha 21 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Implemento los tipos de formulaciones para el registro de plaguicidas de uso agrícola.
Resolución MAG Nº 295 de fecha 21 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Establece las normas para el etiquetado de plaguicidas de Uso Agrícola. Para lo cual se debe tener en cuenta lo dispuesto en el anexo.
Resolución MAG Nº 296 de fecha 21 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Establece el protocolo patrón para ensayos de eficacia Agronómica de Plaguicidas agrícolas.
Resolución MAG Nº 297 de fecha 21 de octubre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Establece las normas de Importación de muestras de plaguicidas para el ensayo de eficacia Agronómica.
Resolución MAG Nº 400 de fecha 14 de noviembre de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Por la cual se aprueba el reglamento para el control de los plaguicidas de uso agrícola.
Resolución MAG Nº 485/2003 - enlace con www.senave.gov.py
Que prohíbe la aplicación de plaguicidas en un radio de 100 metros de lugares de afluencia masiva.
Resolución MAG Nº 488 de fecha 16 de junio de 2003 - enlace con www.senave.gov.py
Prohíbe el registro, la importación, síntesis, formulación y comercialización de los productos a base de Metil y Etil Paration.
Resolución SENAVE Nº 014 / 2006 - enlace con www.senave.gov.py
Establece la obligatoriedad de la inclusión de agentes de seguridad en todos los productos concentrados técnicos y formulados a base de Paraquat.
Para mayores informaciones sobre tema ambientales en el Paraguay puede hacer enlace con los siguientes sitios Web:
www.idea.org.py
www.seam.gov.py
www.senave.gov.py

Agosto 27th, 2008 at 10:26
sera que me podrian enviar la ley de impacto ambiental con todas sus reglamentaciones es para defender un trabajo em mi carrera y si son mas amablea aun les agradeceria infinitamente si me dicen los mecanismos para el ecceso al registro para que yo pueda hacer dicho estudo en mi comuna por que aun no contomos con ese servicio
Septiembre 3rd, 2008 at 11:18
Me gustaría saber el costo para registrar un plaguicida (equivalente) en Paraguay.
Si es posible, me gustaría saber empresas de consultoría en este ámbito.
Gracias